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Emprendimientos “Distinción” y “no confusión”

Redactado por Georgina García R.


Para comercializar los productos y servicios no es

obligatorio utilizar una marca o un signo distintivo,

tampoco es obligatorio su registro. Contar con un signo

distintivo es útil para presentarse ante los

consumidores, competidores e instituciones,

identificarse y evitar confundirse o crear una

asociación no deseada con otros productos o servicios.

El registro de los signos distintivos otorga derechos

exclusivos de uso, debe cumplirse con requisitos, por

ejemplo: no puede ser la forma usual o una ventaja

funcional o técnica, no debe usar el lenguaje corriente

o la usanza comercial o describir alguna característica

del producto o servicio. No debe causar engaño o

confusión sobre la procedencia geográfica, la

naturaleza, el modo de fabricación, las cualidades del

producto o servicio. Una marca usada de buena fe,

por más de tres meses, podría tener prioridad ante una

eventual solicitud de registro por parte de un

competidor de una marca similar para los mismos

productos y servicios. Es clave identificarse,

distinguirse y evitar que sus productos y servicios se

confundan con los bienes y servicios de la misma

especie de otra persona. Es tiempo para la creatividad

y el ingenio. Ánimo.




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